Cuadro de texto: Preguntas Frecuentes


¿QUIEN PUEDE SER DECLARADO DEMENTE JUDICIALMENTE?
Las personas que por causa de enfermedades mentales no tengan aptitud para dirigir su persona o administrar sus bienes. 

¿QUIENES PUEDEN PEDIR LA DECLARACION DE DEMENCIA?
Los que pueden pedir la declaración de demencia son: 
El esposo o esposa no separados personalmente o divorciados vincularmente;
Los parientes del demente; 
El Ministerio de Menores; 
El respectivo cónsul, si el demente fuese extranjero; 
Cualquier persona del pueblo, cuando el demente sea furioso, o incomode a sus vecinos. 
Si el demente fuese menor de catorce años no podrá pedirse la declaración de demencia. 

¿QUE ES EL CURADOR PROVISORIO?
Interpuesta la solicitud de demencia, debe nombrarse para el demandado como demente, un curador provisorio que lo represente y defienda en el pleito, hasta que se pronuncie la sentencia definitiva. En el juicio es parte esencial el Ministerio de Menores. Ese Curador Provisorio no puede ser miembro de la familia, excepto que el denunciado como demente fuere menor de edad, en cuyo caso serán su padre, madre o tutor. Si en presunto dementes tiene bienes, el Juez nombra un Curador a un abogado de la matrícula y si no tiene bienes al Curador Oficial.

¿QUIEN ADMINISTRA LOS BIENES DEL PRESUNTO DEMENTE?
En principio, el Curador Provisorio. Luego de dictada la sentencia, el Curador Definitivo, que puede ser de la familia . Todo ello con autorización del Juez y obligación de rendir cuentas documentadas. 

¿QUIÉNES PUEDEN SER DECLARADOS INHABILITADOS JUDICIALMENTE?
Podrá inhabilitarse judicialmente: 
A quienes por embriaguez habitual o uso de estupefacientes estén expuestos a otorgar actos jurídicos perjudiciales a su persona o patrimonio; 
A los disminuidos en sus facultades cuando sin llegar al supuesto previsto en el artículo 141 de este Código, el juez estime que del ejercicio de su plena capacidad pueda resultar presumiblemente daño a su persona o patrimonio; 
A quienes por la prodigalidad en los actos de administración y disposición de sus bienes expusiesen a su familia a la pérdida del patrimonio. Sólo procederá en este caso la inhabilitación si la persona imputada tuviere cónyuge, ascendientes o descendientes y hubiere dilapidado una parte importante de su patrimonio. La acción para obtener esta inhabilitación sólo corresponderá al cónyuge, ascendientes y descendientes.
Se nombrará un curador al inhabilitado y se aplicarán en lo pertinente las normas relativas a la declaración de incapacidad por demencia y rehabilitación. 
Sin la conformidad del curador los inhabilitados no podrán disponer de sus bienes por actos entre vivos. Es decir, que el inhabilitado puede disponer de sus bienes pero firmando conjuntamente con el Curador.
Los inhabilitados podrán otorgar por sí solos actos de administración, salvo los que limite la sentencia de inhabilitación teniendo en cuenta las circunstancias del caso.

¿LA DECLARACION DE INSANIA O INHABILITACION ES DEFINITIVA?
No, puede solicitarse la rehabilitación si los informes del Cuerpo Médico Forense indicaran que ya no existe razones para mantener la interdicción.

¿LOS DECLARADOS INSANOS O INHABILITADOS SIEMPRE SON INTERNADOS EN UN PSIQUIATRICO?
No, no siempre. Eso dependerá de la patología, del tratamiento indicado por el Cuerpo Médico Forense y por las posibilidades de contención del grupo familiar. Algunos insanos siguen viviendo en su casa.

¿QUIEN PAGA LOS HONORARIOS DEL CURADOR PROVISORIO?
El Curador Provisorio es un abogado designado por el Juez y tiene derecho a pedir regulación de honorarios. Los mismos son abonados con el patrimonio de su representado. Estos no pueden superar nunca el 10 % del patrimonio del insano.

¿LA DECLARACION DE INSANIA PROTEGE EL PATRIMONIO DEL INSANO?
Sí, lo primero que se hace es inhibirlo de disponer de sus bienes, mediante la anotación en el Registro de la Propiedad. Sólo se pueden vender los bienes previa autorización del Juez y con la intervención del Defensor de Menores e Incapaces y del Curador. Se prioriza la atención del enfermo con su patrimonio.

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Declaración de Demencia

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