Cuadro de texto: Preguntas Frecuentes

¿QUE DIFERENCIA HAY ENTRE SEPARACION PERSONAL Y DIVORCIO VINCULAR?
Con el divorcio vincular se disuelve el vínculo y se recupera la aptitud nupcial. Se pierde el derecho hereditario y alimentario. 

¿SE PUEDE CONVERTIR EN DIVORCIO VINCULAR UNA SENTENCIA DE SEPARACION PERSONAL?
Si, se puede. Transcurrido un año de dictada la sentencia pueden pedir la conversión ambos cónyuges. Transcurridos tres años, alcanza con que la pida uno solo.

¿QUE TIPOS DE DIVORCIO EXISTEN?
Varios: el más recomendable es el divorcio por presentación conjunta, donde no hay que probar las causales del divorcio. A la vez, este tipo de divorcio puede tener 2 audiencias o ninguna (si hace más de tres años que se produjo la separación de hecho). Si uno de los cónyuges se niega a firmarlo, el otro puede iniciar divorcio contradictorio o contencioso, debiendo probar las causales de divorcio que invoca. Es un juicio largo y doloroso y se apela a él como último recurso.

¿CUANTOS ABOGADOS SE NECESITAN PARA TRAMITAR UN DIVORCIO DE COMUN ACUERDO?
Se necesitan dos abogados, uno por cada parte.

¿QUE DOCUMENTACION SE NECESITA PARA INICIAR UN DIVORCIO?
Se necesita partida de matrimonio, partidas de nacimiento de los hijos, fotocopia de las dos primera hojas del DNI y si hay bienes, títulos de propiedad de éstos.
Las partidas deben ser aranceladas. Las gratuitas no sirven. Las puede obtener en el C.G.P. más cercano a su domicilio si son de Capital Federal.

¿CUANTO DURA UN DIVORCIO?
Depende del tipo de procedimiento y del Juzgado. Si es de mutuo acuerdo, pocos meses. Si es contradictorio, varios años.

¿CUANDO SE DISUELVE LA SOCIEDAD CONYUGAL?
La sociedad conyugal se disuelve cuando se dicta la sentencia de divorcio.
Si el divorcio fue de mutuo acuerdo, retroactivamente a la fecha de iniciación del juicio
Si fue contencioso, retroactivamente a la fecha de la traba de la notificación de la demanda.
También se disuelve con la muerte del cónyuge.

¿CUANTO AÑOS DE CASADOS HAY QUE TENER PARA PODER INICIAR UN DIVORCIO?
Para iniciar un divorcio contencioso, no hay plazos mínimos.
Para iniciar una separación personal por presentación conjunta, 2 años de casados
Para iniciar un divorcio vincular por presentación conjunta, 3 años de casados.
Para iniciar un divorcio vincular por la causal de separación de hecho, más de 3 años de separados (no de casados).

¿CUALES SON LAS CAUSALES DE DIVORCIO CONTRADICTORIO?
El adulterio, la tentativa de uno de los cónyuges contra la vida de otro o de los hijos, sean o no comunes, ya sea como autor principal, cómplice o instigador, la instigación de uno de los cónyuges al otro a cometer delitos, las injurias graves y el abandono voluntario y malicioso. Estas dos últimas son las más frecuentemente invocadas. Se necesitan testigos para probarlas.

¿QUE OTRAS CAUSAS DE DIVORCIO EXISTEN?
Alteraciones mentales graves de carácter permanente, alcoholismo o adicción a la droga del otro cónyuge.

¿QUE OBJETIVO TIENE EL DIVORCIO CONTRADICTORIO?
Obtener la sentencia de divorcio por culpa exclusiva del cónyuge demandado. Pero éste puede RECONVENIR (contrademandar) y pedir que se decrete por culpa de quien inició el juicio.
La sentencia puede salir por culpa de uno o de ambos (esto es lo más frecuente).

¿CUALES SON LAS CAUSAS QUE SE INVOCAN EN UN DIVORCIO POR PRESENTACION CONJUNTA?
Solamente que causas graves hacen moralmente imposible la vida en común o que hace más de tres años que están separados de hecho. No se necesitan testigos. Estas causas se invocan sin necesidad de probarlas. No queda asentado en el expediente los pormenores de las mismas.

¿QUIÉN ES EL CULPABLE EN UN DIVORCIO POR PRESENTACION CONJUNTA?
No hay declaración de culpabilidad, pero tiene los efectos de culpa de ambos, salvo que se dejen a salvo los derechos del cónyuge inocente (poco frecuente).

¿EL CONYUGE INOCENTE CONSERVA EL DERECHO A ALIMENTOS?
Si, mientras no viva en concubinato o incurra en injurias graves hacia el otro cónyuge. 

¿CUAL ES EL JUEZ COMPETENTE PARA ENTENDER EN EL DIVORCIO?
Aquel cuya jurisdicción corresponda al último domicilio conyugal o el juez del domicilio del cónyuge demandado.

¿CUANTO TIEMPO HAY QUE ESPERAR PARA VOLVERSE A CASAR DESPUES DEL DIVORCIO?
El código no establece ningún plazo de espera. Ni bien se termina el divorcio (inscribiendo la sentencia en el registro civil) se puede volver a contraer matrimonio.-

¿CUANTAS VECES SE PUEDE CASAR UNA PERSONA DIVORCIADA?
Una persona divorciada se puede casar todas las veces que quiera, siempre y cuando haya disuelto el vínculo anterior.

¿QUE PASA CON LA TENENCIA DE HIJOS, REGIMEN DE VISITAS, ALIMENTOS, ATRIBUCION DEL HOGAR CONYUGAL Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL?
En un divorcio consensual las partes pueden presentar en el mismo escrito un acuerdo sobre cada uno de esos temas, el cual se homologa con la sentencia. Si el divorcio es contencioso, todos estos temas conexos hay que reclamarlos en juicios separados.  Para mayor información sobre alimentos y régimen de visitas por favor ingrese aquí

¿QUIEN SE ATRIBUYE EL HOGAR CONYUGAL?
En caso de separación, si hubiere un solo inmueble que satisfaga las necesidades mínimas de quien detente la tenencia de los hijos menores, el bien puede permanecer sin liquidarse hasta la mayoría de edad de los hijos.

¿QUE SON LOS BIENES GANANCIALES?
Los adquiridos después del matrimonio, indistintamente a nombre de cuál de los cónyuges.

¿CUALES SON LOS BIENES PROPIOS?
Los adquiridos antes de contraer matrimonio y los recibidos por herencia, legado o donación, entre otros.

¿SE PUEDE VENDER UN BIEN GANANCIAL SIN LA CONFORMIDAD DEL CONYUGE?
En principio no se puede vender ni gravar (hipotecar) un bien ganancial sin la conformidad del cónyuge, sin embargo, existe un procedimiento por el cual se puede pedir una venia judicial supletoria en ciertos casos.  Este no es un procedimiento simple, y se debe probar la inconveniencia de mantener el bien ganancial, así como asegurar que el monto habido por la venta se mantendrá dentro de los bienes gananciales.

¿SE PUEDE VENDER UN BIEN PROPIO SIN LA CONFORMIDAD DEL CONYUGE?
Si, salvo que dicho inmueble sea la sede del hogar conyugal y allí vivan los hijos menores.
Después de disuelta la sociedad conyugal también se necesita la conformidad del cónyuge si se dan esos recaudos o autorización del Juez.

¿QUE DERECHOS OTORGA EL CONCUBINATO?
El concubinato, unión de hecho, o unión en aparente matrimonio otorga muy pocos derechos, entre ellos la pensión si se tienen más de 5 años de convivencia o menos de 5 años si se tiene un hijo. Pero es importante saber que el concubinato no otorga derecho a alimentos ni a la herencia.

¿MI MARIDO ME GOLPEA Y NO SE QUIERE IR DE CASA, QUÉ DEBO HACER?
Debe iniciar un juicio civil por violencia familiar solicitando como medida cautelar la exclusión del hogar conyugal del golpeador. También debe iniciar denuncia penal por lesiones y ratificarla, nunca desistirla. Debe solicitar apoyo psicológico especializado para poder salir del círculo de la violencia.

¿CUANDO TERMINA UN JUICIO DE DIVORCIO?
El juicio de divorcio termina después que la sentencia fue inscripta en el Registro Civil y se obtuvo testimonio de la misma para su constancia. Ese testimonio le será requerido cuando haga trámites como divorciado/a. También puede obtener una nueva partida de matrimonio con la anotación marginal de la sentencia de divorcio y renovar sus documentos con el nuevo estado civil.
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Divorcios / Separaciones

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